Iniciáremos por establecer que el IPI (Impuesto al Patrimonio Inmobiliario) es un tributo que los propietarios de bienes inmuebles en República Dominicana deben pagar. Este impuesto es administrado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
¿Quiénes están sujetos a pagar el IPI?
Todas las personas físicas y Fideicomisos.

Tasas a pagar
- Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de (RD$10,190,833.00) del patrimonio gravado.
- Fideicomisos: Están sujetos al pago del IPI de un 1% sobre el valor total del patrimonio gravado.
Además cabe resaltar que existen exenciones para casos especiales o específicos:
- Viviendas de personas mayores de 65 años que constituyan su único patrimonio.
- Inmuebles en zonas rurales dedicados a labores agropecuarias.
Este impuesto se paga en dos (2) cuotas semestrales, siendo la fecha límite para el pago de la primera cuota el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre de cada año.
¿Cuánto debo pagar de IPI?
A continuación te mostramos la formula para que puedas determinar de manera precisa cuánto pagarás de IPI.
Valor total de los inmuebles – Monto exento = Base imponible
Base imponible x 1% = Monto a pagar
Por ejemplo, si el valor total de los inmuebles es RD$10,000,000 y el monto exento es RD$9,000,000, la base imponible será RD$1,000,000. Aplicando la tasa del 1%, el monto a pagar será RD$10,000 anuales.
Fecha de presentación y pago
La Declaración Jurada del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) debe ser presentada durante los primeros sesenta (60) días del año.
El pago debe ser realizado en dos cuotas:
- La primera cuota debe ser pagada a más tardar el 11 de marzo.
- La segunda cuota debe ser pagada a más tardar el 11 de septiembre.
¿Cómo pagar el IPI?
- Presenta la declaración jurada ante la DGII durante los primeros 60 días del año.
- Calcula el IPI aplicando el 1% al excedente del umbral para personas físicas o al valor total para fideicomisos.
- Paga en dos cuotas semestrales: la primera antes del 11 de marzo y la segunda antes del 11 de septiembre.
- Realiza el pago en la Oficina Virtual de la DGII, oficinas físicas o bancos autorizados.
- Presenta cédula, pasaporte y número de cuenta si pagas en línea.
- Obtén la certificación de pago para transferir propiedades.
¿Cómo consultar el IPI?
Para realizar una consulta IPI, solo debes seguir estos sencillos pasos:
- Accede a la Oficina Virtual de la DGII.
- Solicita la certificación IPI en línea o en una oficina de la DGII (costo: RD$300).
- Presenta copia de tu cédula o pasaporte si realizas el trámite presencial.
- Consulta en el sitio web las exenciones y el cálculo del IPI.