El presidente Luis Abinader presentó durante La Semanal, la propuesta de reforma fiscal 2024, la cual tiene como objetivo aumentar las recaudaciones y es, en este sentido que el ministro de Hacienda, Jochi Vicente, anunció la implementación de un Impuesto a la Propiedad mucho más riguroso.
Reforma fiscal 2024 y el ajuste al límite exento
Dentro de la propuesta de modernización Fiscal se establece que el mínimo exento en el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) será el valor equivalente de una vivienda de bajo costo RD$5,025,380.75 y dispondrá que se cobre una tasa de 1% del excedente cuando el valor del inmueble se encuentre por encima.
Recordemos que el IPI es el Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) que se paga anual sobre cualquier propiedad que poseas y que en la actualidad el monto establecía las viviendas valoradas a partir de 9.8 millones de pesos, con un pago del 1% del excedente de ese monto.
Otro punto importante que se suma a esta nueva propuesta de reforma fiscal 2024, es la revalorización que no es más que la tasación de las propiedades para conocer el valor exacto que posee hoy día en el mercado y si dicha propiedad tiene un valor mayor de 5 millones de pesos se le aplicará el IPI.
La medida incluye el valor conjunto de las mejoras y de los solares en el patrimonio inmobiliario gravado. Además el ministro Vicente resaltó que el IPI se encuentra diseñado para gravar bienes inmuebles como casas, terrenos y edificios.
Como parte de la propuesta de reforma fiscal 2024, el nuevo valor exento se ajustará al precio de las viviendas de bajo costo, situándose en 5 millones de pesos o su equivalente a $25,380 anuales. Además, este valor será indexado anualmente para ajustarse a la inflación y reflejar las condiciones del mercado inmobiliario. Vicente además agregó que se procederá a una revalorización de los inmuebles, algo que no se efectúa desde 2013 y que de acuerdo al gobierno ha afectado negativamente las recaudaciones.
Además, como parte de los puntos importantes de esta nueva reforma fiscal, se propone eliminar los incentivos al sector turismo contemplados en los párrafos II, III y IV del artículo 1; el artículo 2; el párrafo único del artículo 3; y los artículos 4, 5, 6, 7 y 14 de la Ley No. 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico y sus modificaciones (Confotur).